viernes, 24 de octubre de 2014

LAS DECLARACIONES DEL GRUPO DE PAÍSES MEGADIVERSOS AFINES

 Johannesburgo, Sudáfrica, 3 de septiembre de 2002

El Grupo de Países Megadiversos Afines constituye un bloque de países —entre los que figuran, entre otros, Perú, Bolivia, Brasil, China, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Filipinas, India, Indonesia, Kenia, Malasia, México, Sudáfrica y Venezuela—, el cual en su conjunto representa más del 75% de la diversidad biológica existente en el planeta.

Este grupo se formó en febrero de 2002 como resultado de una reunión de representantes gubernamentales realizada en Cancún, México. La Declaración de Cancún constituye el instrumento de formación del Grupo y establece sus lineamientos y fundamentos programáticos. El Grupo de Países Megadiversos Afines tiene por finalidad reunir a las potencias en diversidad biológica y defender posiciones políticas comunes en foros vinculados con la biodiversidad, incluyendo la protección de los conocimientos tradicionales, el reconocimiento legal a la exigencia de desvelo de origen (y PIC) en solicitudes de patentes y la materialización de los principios sobre distribución de beneficios del CDB, entre otros.
Como resultado, ya se ha presenciado la defensa de enfoques compartidos en materia de biodiversidad en foros diversos, como los del CDB, la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial para la Propiedad Intelectual (OMPI). Ha sido particularmente sólida la posición respecto de la necesidad de revisar las reglas del sistema de propiedad intelectual y modificar sus principios para vincular los temas de acceso con los de propiedad intelectual, especialmente a partir de exigencias de origen o desvelo de origen en las solicitudes de patentes de invención.
Este Grupo ha estado detrás de la idea de crear y desarrollar, en el marco del CDB, un «régimen internacional de acceso a los recursos genéticos ». Este planteamiento se ha hecho explícito en la propia Declaración de Cancún, en la declaración del Grupo durante la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (Johannesburgo, 2002) y en la Declaración de Cusco (2003). En Johannesburgo, uno de los compromisos que adquirieron los países ahí presentes, fue que se negociaría un régimen internacional para la distribución de beneficios derivados del uso de los recursos genéticos en el marco del CDB. En ese sentido, se ordenó negociar dicho régimen, en el que se incluye el acceso a los recursos genéticos y cuyo eje principal se espera que sea el certificado internacional de origen o de legal procedencia. El Grupo de Trabajo sobre Acceso a Recursos Genéticos y Distribución de Beneficios deberá concluir este trabajo antes del 2010 para presentarlo a la décima reunión de la Conferencia de las Partes.





mail: madalbo@gmail.com

No hay comentarios: