Si el ser humano tiene derecho a la naturaleza, ésta también tiene derecho a permanecer, quien no respete estos términos debe responsabilizarse por ello.
Los científicos nos han demostrado que la salud del planeta esta en riesgo, tal el resultado en Febrero del 2001 cuando se reunieron cerca de 3000 científicos acordando que entre el año 1600 y el 2000, el hombre ha causado desastres medioambientales comprometiendo seriamente la salud del Planeta alterando nada menos que la mitad de sus recursos.
En Junio de 1972 se llevó a cabo la conferencia de la ONU sobre Ambiente Humano en Estocolmo donde tratándose por primera vez temas como la capa de ozono y el calentamiento global. Desde entonces se va recorriendo un camino de “alertas” exigiendo responsabilidad en el tratamiento del medioambiente. Hoy se renueva el interés de crear una Corte Internacional que juzgue los delitos ambientales.
No tenemos ningún derecho a contaminar. Y si yo tiro mi basura en su casa, es un delito. Ud. puede demandarme.
Esta idea es apoyada por los premios Nobel de la Paz el Dalai Lama y Adolfo Perez Esquivel. Iniciativa que cuenta con un amplio respaldo tanto de Estados y personalidades de todos los ámbitos desde académicos a lo cultural.
El proyecto ya había sido impulsado por la Academia de las Ciencias del Ambiente, con sede en Venecia, Italia, considerando los recursos naturales y culturales como patrimonio común de la humanidad.
Es posible introducir en el Estatuto de la Corte Penal Internacional nuevas figuras de delito, ejemplo, el desastre medioambiental intencional como crimen contra la humanidad. Sanción a los ecodelincuentes.
Una propuesta de Directiva del Parlamento Europeo (9 de febrero de 2007) resalta entre los actos que se deben condenar:
-el vertido ilícito de materiales o de radiaciones ionizantes con perjuicios grave a personas o daños sustanciales al medio ambiente; el tratamiento ilícito de residuos, la explotación ilícita de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa o en las que se almacenen o utilicen sustancias o preparados peligrosos, la posesión, apropiación o comercio ilícitos de especies animales y vegetales protegidas; el deterioro ilícito de un hábitat protegido, el comercio o la utilización ilícitos de sustancias destructoras del ozono.
Sin embargo los niños como Francisco, el pequeño internado en el hospital de la comunidad no saben nada sobre el “principio legal de quien contamina paga” solo espera con ilusión volver a jugar en las afueras de su casa dejando el hospital donde la madre mira su rostro ansiando que los colores que la diarrea (causa de 4000 muertes diaria producida por contaminación del agua) le quito, vuelvan a el.
madalbo@gmail.com
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